La polémica ley del Aborto

Hace unas semanas la “ministra de Igualdad”, Bibiana Aído, ha asegurado, en una amplia entrevista en una emisora de radio sobre la Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo que un feto de 13 semanas de gestación (tres meses y una semana) «no es un ser humano».

 No podemos hablar de un ser humano porque eso no tiene ninguna base científica

Un oyente preguntó a la titular de Igualdad si un feto de trece semanas, que se parece mucho a un bebé, a un ser vivo, lo es. La ministra ha respondido: «Un ser vivo, claro, lo que no podemos hablar es de ser humano porque eso no tiene ninguna base científica». 

 Bajo estas polémicas declaraciones, nos cabe preguntarnos?, será consciente de lo que dice?, es posible que un “ministro” del gobierno tenga “tan alto grado de cultura”ó simplemente es un títere más dentro de una maraña de titiriteros.

La verdad es que su razonamiento lógico deja mucho que desear, ya que siempre pensé que desde el momento de la concepción del ovulo con el espermatozoide nace un nuevo ser humano y digo ser humano porque eso es lo que somos, el feto no viene de ningún animal irracional sino del hombre.

Al margen de estas polémicas declaraciones, hay que ver el trasfondo y la “letra pequeña que no se entiende”, es decir, a mi humilde opinión, la sociedad mundial esta llegando a tal grado de libertinaje sexual que se hace necesario dictar leyes para “proteger” a las madres de los embarazos no deseados, independientemente de las causas que se detallan a continuación que son perfectamente entendibles:

Ley del aborto actual (1985)      Reforma de la ley (2009) 
– Ley de indicaciones:
Constituye un delito despenalizado en tres supuestos: si el embarazo es fruto de una violación -se permite en las 12 primeras semanas de gestación-, si el feto presenta graves taras físicas o psíquicas -el plazo es de 22 semanas- o si hay peligro para la vida de la madre o para su salud física o psíquica -en este supuesto no hay tiempo máximo-.
– Ley de plazos:
El aborto será libre hasta las 14 semanas. Hasta las 22 semanas si hay grave riesgo para la vida o salud de la mujer o graves anomalías en el feto -si se descubren anomalías incompatibles con la vida o enfermedad extremadamente grave e incurable no hay límite. En este caso, un comité médico dictaminará su pertinencia. 
– Sanidad:

Menos del 3% de los abortos se practican en centros públicos. Algunas comunidades, financian estos servicios en otros centros.

– Sanidad:
La sanidad pública sí garantizará la práctica del aborto o, al menos,  lo financiará en centros privados concertados.
Penalizaciones:
Un aborto fuera de la ley podría enviar a la cárcel al médico -de 1 a 3 años- así como quedar inhabilitado entre uno y seis años. Para la mujer, podría haber pena de prisión, de seis meses a un año, o una multa.
– Penalizaciones:
Desaparece la pena de cárcel para la mujer que aborte fuera de los casos permitidos. Se prevén multas que dependerán de las circunstancias. Para el médico, cárcel de uno a tres años e inhabilitación de uno a seis.

 

Nuestra sociedad por el alto grado de libertinaje sexual, consumo de drogas, estupefacientes, alcohol, tabaco y tantas otras infecciones que afectan al ser humano esta trayendo al mundo a hijos no deseados con enfermedades congénitas y como esto no se puede evitar, los gobiernos del mundo promulgan leyes que de alguna manera “protejan” y cuiden la economía del país, prefiriendo “matar” al ser humano antes que verlo nacer con serias deficiencias y tener que hacerse cargo de ellos.

Ha sido fijada en los 16 años la edad mínima para abortar sin la autorización paterna porque es donde establece la mayoría de edad «la ley de autonomía del paciente».

Es inaceptable que un padre ó una madre que tenga que autorizar a una hija para ir de excursión, vea como una hija puede abortar sin el conocimiento y sin el consentimiento de sus padres, es inaceptable e inmoral.